Protección de datos

La Declaración Universal de Derechos Humanos de la ONU regula y establece derechos fundamentales para todo ser humano, independientemente el país, sexo, religión o grupo político al que pertenezcan. Libertad de prensa, libertad sexual, libertad de expresión, no esclavitud, derecho a la seguridad o libertad de defensa son algunos de los artículos que dicha declaración establece.

Pero. ¿Por qué el derecho al olvido no forma parte de ésta declaración de derechos Humanos?

El derecho al olvido es el derecho que toda persona tiene a que sus datos publicados en internet, sean ciertos o no, puedan ser borrados. Muchas personas ven como sus datos son incluidos en listas públicas de morosos, o simplemente asociados a una serie de palabras que les perjudica.

¿Qué casos son más habituales de petición de borrado de datos?

  1. Cuando el nombre aparece en Boletines oficiales asociado a una denuncia, embargo o deuda con la administración. Este caso es el más habitual. Cuando tienes una denuncia de tráfico y no han podido localizarte para notificarla, ésta se publica en el BOE o en el BORM de cada comunidad, de forma que cada cuando buscas el nombre o el dni de ésta persona, todo el mundo puede saber que ha sido denunciado. Además lo más común es que todos estos embargos y denuncias hayan sido puestas al día, por lo que no tienen ningún sentido que sigan apareciendo en búsquedas, y sin embargo aparecen.
  2. Datos publicados en hemerotecas de periódicos. La digitalización de las hemerotecas ha supuesto un problema para muchos de los usuarios que una vez aparecieron en ése periódico. Google detecta el nombre buscado, pero puede que al lado haya una noticia de embargo o de delitos como asesinatos, violaciones etc. De ésta forma cuando se busca el nombre de ésta persona viene asociada (y en los primeros lugares) con la noticia más destacada de ésa página.
  3. Comentarios en Blog falsos. Este es un problema también muy generalizado. Ya lo comentamos en el artículo: El chantaje de los Comentarios negativos. Estos, a menudo, son utilizados por gente sin escrúpulos para chantajear a comerciantes y personas que venden servicios. Es muy sencillo que un blog con comentarios negativos de una determinada empresa se posicione en las primeras posiciones de google o de otros buscadores de forma que cuando buscas el nombre de la empresa el propio buscador ya te aconseja en las búsquedas que selecciones (nombre de la empresa + estafa o engaño u otras barbaridades que se pongan en el blog). Pese a que esto es denunciable y se puede quitar, google no lo desindexa de su buscador tan fácilmente haciendo que esa empresa pierda un porcentaje muy alto de sus clientes.

El derecho al olvido o derecho al borrado debería estar como derecho fundamental en la declaración de derechos humanos.

Y es que ciertos datos ciertos o no pueden llegar a ser un problema muy grave para el día a día de una persona. Imaginaros una persona en paro que busca trabajo y pones su nombre en el buscador y aparece una noticia que fue condenado por tráfico de drogas, pues ésa persona no podrá encontrar trabajo en la vida, lo que ya se convierte en un problema de salud.

Si conoces alguien que tenga éste problema o lo haya tenido recomiéndale éste post y puede ponerse en contacto conmigo, ya que puedo ayudarle o guiarle en lo que podamos.

Puntúa este artículo
[Total: 0 Average: 0]
Antonio López
Antonio López Tomás
Director SEO en Elblogdelseo | Últimos Post

Antonio López Tomás es fundador y Director SEO en Elblogdelseo.com y en Seostar.es. Profesor de SEO y Marketing digital en varias universidades (Unizar, UMU, UCAM, UNAE, U. Pompeu Fabra...) y Escuelas de negocios (EAE, IEBS. Marketing and Web, Seoworking, AulaCM...). Speaker en eventos de Marketing Digital y Autor de "Pensamientos Viajeros".

1 comentario

Trackbacks y pingbacks

  1. […] El Derecho al Olvido debería estar en la Carta de Derechos Humanos […]

Dejar un comentario

¿Quieres unirte a la conversación?
Siéntete libre de contribuir!

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada.

*